Acuerdo respaldado por la Cámara facilita la inversión y el comercio entre Chile y Estados Unidos – Informe Minero

Un acuerdo derivado del segundo procedimiento tiene como objetivo eliminar o reducir las barreras tributarias que afectan las actividades e inversiones en o hacia Chile.

141 votos a favor y ninguno en contra Cámara de Diputados y Representantes reconocido y El Acuerdo para Evitar la Doble Imposición con EE.UU. fue enviado como primer paso. Se trata de un intento de evitar esta doble imposición y prevenir la evasión fiscal relacionada con el impuesto sobre la renta y el patrimonio.

Con este Busca fortalecer el desarrollo del comercio y las transacciones internacionales entre los países interesados., además de fortalecer su cooperación en materia tributaria. Otro objetivo es eliminar o reducir las barreras tributarias que afectan las actividades e inversiones en Chile o Chile.

El alcance del acuerdo se declara por Informe de la Comisión Unida de Asuntos Exteriores y Finanzas, Presentado por el diputado Tomás de Rementaria (IND). Este tipo de acuerdos busca promover el comercio y las transacciones internacionales entre países (en este caso, entre Chile y Estados Unidos) además de fortalecer su cooperación en materia tributaria.

Asimismo, tienen como objetivo eliminar o reducir las barreras tributarias que afectan las actividades e inversiones en o hacia Chile. Así, debido a la menor tributación que les afecta, se facilita un mayor flujo de capital.. Esto da como resultado la profundización y diversificación de las actividades transnacionales, particularmente las que involucran tecnologías avanzadas y consultoría técnica de alto nivel.

Además, contribuyen a que países como Chile se conviertan en una base de negocios para empresas extranjeras que deseen operar en la región. Es adecuado para el sector de minerales críticos, como el litio, así como para la conversión de energía. Impulsado por el gobierno y en el desarrollo del hidrógeno verde.

Asimismo, ellos A Incentivos para inversionistas y proveedores de servicios residentes en Chile. Esto se debe a los mayores beneficios fiscales a los que tiene acceso si establece operaciones en los EE. UU.

ACUERDO Y SUS ADJUNTOS

El acuerdo fue firmado en Washington DC el 4 de febrero de 2010. Fue aprobado por el Congreso Nacional de Chile en septiembre de 2015. Mientras tanto, El Senado de Estados Unidos dio su aprobación el 22 de junio de 2023. Sin embargo, está sujeta a la adopción de una interpretación y cambios en el texto, medidas denominadas «reservas» para fines internos en ese país.

Definió la celebración del acuerdo adoptado mediante canje de notas de días 28 de septiembre y 6 de octubre de 2023. En él, las partes acordaron una interpretación conjunta. Ninguna disposición del Convenio se interpretará en el sentido de impedir que los Estados Unidos apliquen normas contra el abuso. y erosión de la base imponible de una empresa residente en ese país o de las ganancias de una empresa residente en Chile y atribuibles a un establecimiento permanente en Estados Unidos.

Este acuerdo suprime y sustituye el texto del artículo sobre la doble imposición y los medios para su eliminación. En este sentido, Se acordó establecer que Estados Unidos permitiría a un residente o ciudadano de ese país reclamar crédito contra el impuesto sobre la renta de Estados Unidos aplicable a residentes y ciudadanos. Impuesto sobre la renta pagado o devengado por cuenta de un ciudadano o residente de Chile.

Y, en el caso de una sociedad estadounidense, es Al menos el 10% de las acciones con derecho a voto o el valor de las acciones de una empresa residente en Chile y de la empresa estadounidense que recibe los dividendos.Estados Unidos permitirá una deducción igual al monto de dichos dividendos al calcular la renta imponible de una corporación estadounidense.

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